La Dirección Provincial del
Registro de la Propiedad fue creada el 21 de mayo de 1879 mediante
la Ley 1.276.
En octubre de 1890, entró en vigencia la Ley 2.378 en reemplazo
de la ley de creación.
Debido al crecimiento en volumen y complejidad de las transacciones
inmobiliarias y dada la necesidad de modernizar los procedimientos
registrales en busca de mayor eficiencia, más seguridad y mayor
dinámica en la prestación del servicio, el 14 de marzo de 1962 se
promulga el Decreto 2.202.
Este Decreto introdujo una profunda modificación, reemplazando los
Libros de Inscripciones por el Folio Real, basado en la matriculación
de los inmuebles. De este modo una sola unidad de información (el
Folio Real) contiene la totalidad de la historia jurídica de un
inmueble y sus titulares.
La referida norma no exigió la transformación de las registraciones
obrantes en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad,
sino el tratamiento del flujo de las transacciones inmobiliarias
a partir de su fecha de vigencia. Lo antedicho trajo aparejada la
actual coexistencia de dos técnicas inscriptorias: la del Folio
Protocolizado y la de Folio Real.
Un año más tarde, en octubre de 1963, se promulgó el Decreto Ley
11.643/63 (Ley Orgánica aún vigente), luego reglamentado por el
Decreto 5.479/65 que trajo una modificación al sistema registral
inmobiliario de la Provincia de Buenos Aires, con la ratificación
de la técnica de matriculación de inmuebles que había implantado
el Decreto 2.202.
Pocos años después, en 1968, la publicidad registral se incorporó
a la legislación de fondo con la reforma al artículo 2.505 del Código
Civil y el dictado de la Ley 17.801 (que siguió los lineamientos
de Decreto Ley provincial 11.643/63 y la Ley Nacional 17.417 de
aplicación en la Capital Federal).
En 1971 se promulga la Ley Convenio 7.701 que instituyó un mecanismo
de cooperación financiera entre el Colegio de Escribanos y el Ministerio
de Economía, la que sufrió modificaciones y sucesivos reemplazos.
En el año 1980 se sancionó la Ley 9.590, fruto mancomunado del Colegio
de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y de la Dirección
Provincial del Registro de la Propiedad, que contó con el decidido
apoyo de la Subsecretaría de Hacienda, su objeto es la conversión
a la técnica de Folio Real de la totalidad de las inscripciones
de los inmuebles (hasta ese momento se hallaba convertido solamente
el 23% de los inmuebles), merced a la activa participación del notariado
bonaerense.